¿Los restaurantes son responsables del acoso sexual de los clientes?
Si le pregunta a la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) y a los tribunales federales, la respuesta a esta pregunta es inequívocamente "sí".
La mayoría de las camareras, cantineros, baristas y otros empleados de restaurantes que atienden al cliente trabajan por propinas.
Como resultado, se fomenta una “sonrisa cortés” y una actitud amistosa. Y, estas personas a menudo son reacias a denunciar la mala conducta de los clientes.
Muchos restaurantes siguen el lema de que El cliente siempre tiene la razón. Los propietarios y gerentes ven a los clientes como indispensables y a los empleados como desechables.
Si fue objeto de acoso por parte de terceros en un restaurante, tiene derechos legales. Uno de los derechos más importantes es una asociación con un abogado con experiencia.
Jurisprudencia de apoyo
Aunque ya tiene más de veinte años, Lockhard contra Pizza Hut sigue siendo la palabra definitiva de los tribunales federales sobre los problemas de acoso sexual de terceros en los restaurantes.
Rena Lockard era camarera en Atoka, Oklahoma, un pequeño pueblo ubicado al norte de la frontera entre Oklahoma y Texas.
Atoka es conocido internacionalmente como el sitio de la Batalla de Middle Boggy Depot en febrero de 1864.
Como la mayoría de las camareras, los ingresos de la Sra. Lockard procedían casi en su totalidad de las propinas. Entonces, como se mencionó anteriormente, experimentó una fuerte presión económica para mantener contentos a sus clientes.
Micky Jack, su mánager, solía tocar la canción Me asusto en la máquina de discos del restaurante durante el cierre. La Sra. Lockard se opuso a la letra degradante y sexualmente explícita de la canción, pero fue en vano.
Las cosas llegaron a un punto crítico una noche de noviembre de 1993 cuando dos hombres con antecedentes de conducta disruptiva ingresaron al restaurante.
Los camareros discutieron sobre quién debería atenderlos y, aparentemente, la Sra. Lockard sacó la pajita más corta.
Un hombre le preguntó qué perfume llevaba puesto porque olía bien. Cuando la Sra. Lockard dijo que no era asunto suyo, el cliente le tiró del cabello.
Informó la mala conducta a su gerente. Según el registro, el Sr. Jack desestimó su queja y se negó a asignar a otra persona a su mesa. Tú espera en ellos. Te contrataron para ser camarera. Camarera —dijo sin rodeos.
Cuando volvió con estos clientes, eran aún más agresivos. Un hombre agarró su pecho y puso su boca sobre él. Ella renunció en el acto.
The court held that the restaurant was legally responsible for the Acoso sexual Ms. Lockard endured, because:
- Conocimiento: El gerente conocía la naturaleza precisa de la situación. La moraleja aquí es, si te encuentras con acoso sexual, repórtalo. Y, no endulce su historia, sea específico.
- Control: El gerente podría haber asignado a alguien más a la mesa. Los camareros masculinos estaban de servicio esa noche. Pero el gerente rechazó este alojamiento.
- Severo: Tenga en cuenta que la canción explícita en sí misma no constituía un entorno hostil. Sin embargo, el posterior agarre del cabello y el manoseo fue demasiado.
Ambiente hostil El acoso sexual es un ambiente que es tan tóxico que hace que ciertos trabajadores no puedan hacer su trabajo.
El acoso quid pro quo consiste en exigir cualquier favor sexual a cambio de un trato preferencial.
Técnicamente, Lockard es solo la ley del país en el Décimo Circuito (Oklahoma, Kansas, Nuevo México, Colorado, Utah y Wyoming).
Sin embargo, es autoridad persuasiva en otras jurisdicciones. Eso incluye el Segundo Circuito (Nueva York, Connecticut y Vermont). Además, Lockard no es la única autoridad en este tema.
Código de Regulaciones Federales
Él Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo ha aprobado una regla en esta área.
Es cierto que esta regla es bastante genérica, pero ciertamente se aplica en asuntos de acoso sexual de terceros.
De acuerdo con el Código de Regulaciones Federales, “un empleador es responsable por actos de acoso sexual en el lugar de trabajo donde el empleador (o sus agentes o empleados supervisores) sabe o debería haber sabido de la conducta, a menos que pueda demostrar que tomó acción correctiva inmediata y apropiada [énfasis añadido]."
Estas cualificaciones son más favorables a las víctimas que Lockard.
El conocimiento constructivo, en oposición al conocimiento real, es suficiente.
Además, en términos de acción correctiva, la EEOC exige una respuesta “inmediata y apropiada”. Finalmente, no hay ningún requisito de gravedad.
Los daños en un reclamo por acoso sexual pueden incluir compensación por pérdidas económicas, como salarios perdidos, y pérdidas no económicas, como dolor y sufrimiento.
También hay disponibles daños punitivos adicionales, en algunas circunstancias extremas.
Los trabajadores no tienen que tolerar el acoso sexual de terceros. Para una consulta gratuita con un abogado con experiencia en acoso sexual, contact Napoli Shkolnik .
